lunes, 1 de diciembre de 2014

Alumnado con discapacidad intelectual

La consideración de discapacidad intelectual requiere de la coexistencia de tres criterios relacionados entre sí: la existencia de un funcionamiento intelectual significativamente inferior a la media, la presencia de dificultades en dos o más habilidades adaptativas y que se manifieste antes de los 18 años.



El funcionamiento intelectual hace referencia a un nivel de inteligencia inferior al medio.
Al hablar de habilidades adaptativas, se hace referencia a la eficacia de las personas para adaptarse y satisfacer las exigencias de su medio. Estas habilidades deben ser relevantes para la edad de que se trate, de tal manera que la ausencia de ellas supongan un handicap.
Con respeto al referido a la edad, el normal es que una discapacidade intelectual significativa se detecte ya en edades temperás. En relación con esto, hace falta comentar también que la discapacidade intelectual pode darse sola o junto con otras discapacidades o síndromes.

Por último, respeto de su origen, hace falta decir que esta pode ser muy diversa.

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